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Miércoles, 18 Mayo 2022 17:18

EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE ATRESMEDIA Y MEDIASET PODRÁN GRABAR EN LOS RECINTOS DEPORTIVOS Destacado

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EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE ATRESMEDIA Y MEDIASET PODRÁN GRABAR EN LOS RECINTOS DEPORTIVOS Silvia Mordillo

EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE ATRESMEDIA Y MEDIASET PODRÁN GRABAR EN LOS RECINTOS DEPORTIVOS

Desde 2018, Atresmedia y Mediaset se encuentran en una lucha por las imágenes de partidos de fútbol debido a que La Liga Nacional de Fútbol Profesional cuenta con el derecho de radiodifusión de estos partidos. Esta cadena emisora ya ha presentado distintos recursos para que estos grupos audiovisuales no puedan acceder a los estadios para grabar imágenes de recurso para sus resúmenes. El Tribunal Supremo ha desestimado estos recursos de La Liga contra la Audiencia Nacional por confirmar la resolución de la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia).

El Tribunal Supremo ha argumentado que estos grupos de comunicación, al tratarse de televisiones en abierto, no infringen el artículo 19.3 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, como alega La Liga. En este artículo se redacta que los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual que tengan en su propiedad la exclusiva de emisión son los que deben permitir a los restantes prestadores la emisión de un breve resumen informativo en condiciones razonables, objetivas y no discriminatorias. Según alega La Liga, apelan a este artículo porque Atresmedia y Mediaset hacen un uso interpretativo, y, por ende, subjetivo de estos resúmenes informativos.

En la sentencia, los magistrados han expuesto, por un lado, que la relevancia informativa y el interés general deben prevalecer sobre la libertad de empresa. Esto conlleva a que estos breves resúmenes, de hasta 90 segundos, puedan contener imágenes del evento deportivo en general y no específicamente de lo ocurrido en el terreno de juego. Por otro lado, este órgano judicial ha asegurado que las televisiones en abierto tienten pleno derecho a acceder a los recintos y obtener imágenes para sus resúmenes. Además, el Supremo ha reforzado esta idea al argumentar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el año 2013 especificó que el Derecho de la Unión exige que se garantice la emisión de breves resúmenes informativos.

 

Silvia Mordillo

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